CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE TLAXCALA
Artículo Transitorio Unico
Vigencia verificada: 23 de septiembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo Unico.- Este decreto entrará en vigor el día de su publicación en el Periódico
Oficial del Estado, una vez cumplidos con los requisitos que ordena el Artículo 105 de la
Constitución Política del Estado.
P.O. 12 DE NOVIEMBRE DE 1975.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- EXPROPIACION. (s/clave)
- CONSTITUCION FEDERAL. (s/clave)
- DECRETO DE VEINTE DE ENERO DE MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y CUATRO. (s/clave)
- LEY AGRARIA DE 6 DE ENERO DE 1915. (s/clave)
- DIARIO OFICIAL. (s/clave)
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