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Modo: Corpus Pro

Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas

Artículo 167

Ordenamiento: Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas · Ámbito: Zacatecas
Última reforma: 2026-09-16

Vigencia verificada: 1 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 167. Esta Constitución es de observancia general, y ninguna persona servidora pública ni

autoridad podrán dispensar el cumplimiento de sus disposiciones.

Artículo reformado POG 16 de septiembre de 2026 (Decreto 370)

Fuente oficial: consultar publicación

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Jurisprudencia y tesis sobre este artículo

Versiones anteriores de este artículo

Histórico legislativo: se muestra para consulta, no forma parte de la búsqueda del texto vigente.

Texto anterior a la reforma (reforma publicada en el DOF el 2026-09-16)

Esta Constitución es de observancia general, y ningún servidor público ni autoridad

podrán dispensar el cumplimiento de sus disposiciones

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