Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas

Artículo 21

Ordenamiento: Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas · Ámbito: Zacatecas
Última reforma: 2026-09-16

Vigencia verificada: 1 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

En el Estado de Zacatecas todas las personas gozarán de los derechos humanos

reconocidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los Tratados

Internacionales de los cuales el Estado Mexicano sea parte, y los señalados en esta Constitución y

las leyes que de ella emanen, así como de las garantías para su protección cuya vigencia no podrá

suspenderse ni restringirse sino en los casos y mediante los procedimientos que los respectivos

ordenamientos determinen.

Párrafo reformado POG 26 de mayo de 2012 (Decreto 342)

Las normas relativas a los derechos humanos se interpretarán de conformidad con la Constitución

Política de los Estados Unidos Mexicanos, los tratados internacionales de la materia y la presente

Constitución, favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia.

Párrafo adicionado POG 3 de noviembre de 2012 (Decreto 419)

Todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover,

respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de

universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. En consecuencia, el Estado deberá

prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, en los términos

que establezca la ley.

Párrafo adicionado POG 3 de noviembre de 2012 (Decreto 419)

Queda prohibida toda forma de discriminación motivada por el origen étnico, nacional o regional,

el género, la raza, el color de piel, las características físicas, el idioma, el estado civil, la edad, la

profesión, el trabajo desempeñado, la condición social o económica, las discapacidades, las

condiciones de salud, el estado de embarazo, las costumbres, las preferencias sexuales, las

ideologías o creencias religiosas, la calidad migratoria o cualquier otra que atente contra la

dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las

personas.

Párrafo reformado POG 26 de mayo de 2012 (Decreto 342)

Artículo 22.

Fuente oficial: consultar publicación

← Art. 20Índice de la leyArt. 22 →
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis