Disposiciones de carácter general aplicables a las instituciones de crédito
Artículo 341
Vigencia verificada: 6 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
(43) Artículo 341. - Las Sucursales Tipo B deberán contar con las medidas concretas de seguridad y
protección siguientes:
(150) I. Sistema de grabación local de imágenes, las cuales deberán conservarse durante un plazo de dos
meses, que incluya cámaras al menos en el Patio de la Sucursal y en el área específica en la que se
realizan las operaciones con el Público Usuario, así como , en su caso, en el acceso principal a la
Sucursal, y que contemple además, el envío de dichas imágenes a la Central de Alarmas.
(43) II. Sistema de alarma local respecto de intrusión, incendio, asalto, o ataque al dispositivo blindado y
área de resguardo de efectivo y valores, según sea el caso, y que contemple además, el envío de las
señales correspondientes a la Central de Alarmas. Este sistema deberá contar con respaldo de
energía eléctrica.
(43) III. Encristalamiento de ventanillas, para la atención al Público Usuario.
(43) IV. Puertas controladas por dispositivos físicos o electrónicos con mecanismos de retardo, que
mantengan confinados y físicamente separados el Patio de la Sucursal respecto del área de
ventanillas.
(43) V. Puertas que mantengan confinadas y físicamente separadas el área de ventanillas respecto del área
de resguardo de efectivo y valores.
(43) VI. Emplear materiales de construcción de alta resistencia, incluyendo materiales blindados.
(43) VII. Mantener segregada el área confinada respecto de las áreas de apoyo a la operación, así como de
las áreas de servicios al personal, pudiendo ser estas últimas compartidas con las del local en el que
se encuentren.
(43) Para efectos de lo anterior, se entenderá por:
(43) a) Area confinada: a las áreas de ventanillas y de resguardo de efectivo y valores de las Sucursales.
(43) b) Areas de apoyo a la operación: a aquellos espacios de las Sucursales en donde no se tiene
contacto con el Público Usuario y que son destinados para la realización de tareas
administrativas, así como para la conservación del archivo y la papelería.
(43) c) Areas de servicio al personal: a aquellos espacios de las Sucursales destinados a los servicios
que utilice su personal, tales como sanitarios, cocineta y comedor.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- INSPECCIONES SANITARIAS A ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES. (s/clave)
- DOMICILIO. INSPECCIONES, MULTAS Y NOTIFICACIONES LABORALES.- (827)
- DOMICILIO. INSPECCIONES, MULTAS Y NOTIFICACIONES LABORALES. (1477)
- DOMICILIO. INSPECCIONES, MULTAS Y NOTIFICACIONES LABORALES. (s/clave)
- DOMICILIO. INSPECCIONES, MULTAS Y NOTIFICACIONES LABORALES. (705)
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