Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos… · Titulo SEGUNDO — De los Procedimientos de Amparo · Capitulo I — El Amparo Indirecto · Seccion Tercera — Suspensión del Acto Reclamado
Artículo 127
Vigencia verificada: 28 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 127. El incidente de suspensión se abrirá de oficio y se sujetará en lo conducente al trámite previsto para la suspensión a instancia de parte, en los siguientes casos:
I. Extradición; y
II. Siempre que se trate de algún acto que, si llegare a consumarse, haría físicamente imposible restituir a la persona quejosa en el goce del derecho reclamado.
Fracción reformada DOF 13-03-2025
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- EXTRADICION, SUSPENSION IMPROCEDENTE EN CASO DE. (s/clave)
- SUSPENSIÓN DEFINITIVA. DEBE CONCEDERSE A PESAR DE QUE LA AUTORIDAD RESPONSABLE AFIRME QUE SE TRATA DE UN ACTO CONSUMADO, SI NO PRUEBA TAL AFIRMACIÓN. (VII.1o.A.T.9 K )
- TERCEROS EXTRAÑOS AL PROCEDIMIENTO, SUSPENSION TRATANDOSE DE. (s/clave)
- SUSPENSIÓN DE OFICIO. NATURALEZA DE LA. (I.7o.C.64 K)
- SUSPENSION DE OFICIO. (s/clave)
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