Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

Ley de Asociaciones Público Privadas para del Estado de Morelos y sus Municipios

Artículo 48

Ordenamiento: Ley de Asociaciones Público Privadas para del Estado de Morelos y sus Municipios · Ámbito: Morelos
Última reforma: 2026-09-08

Vigencia verificada: 21 de septiembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 48. Los concursos tendrán una o más etapas de consultas y aclaraciones,

en las que la convocante contestará por escrito las dudas y preguntas que los

participantes hayan presentado, pudiendo hacerlo con fecha posterior a la junta

respectiva. Entre la última junta de aclaraciones o en su caso, la última notificación

de las aclaraciones derivadas de las juntas, y el acto de presentación de las

propuestas, deberá existir plazo suficiente para la presentación de las posturas, que

no deberá ser menor a veinte días hábiles.

Cuando la convocante lo considere conveniente, la fecha señalada en la

Convocatoria para la presentación y apertura de las propuestas podrá diferirse.

Cualquier modificación a las bases del proyecto, derivada del resultado de la junta

de aclaraciones, será considerada como parte integrante de las mismas.

Fuente oficial: consultar publicación

← Art. 47Índice de la leyArt. 49 →

Jurisprudencia y tesis sobre este artículo

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis