Ley de Catastro Municipal para el Estado de Morelos
Artículo 109
Vigencia verificada: 29 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Las tablas de valores serán propuestas por el Ayuntamiento al
Congreso del Estado cada tres años, iniciado un período cons titucional de
Gobierno Municipal, la propuesta se hará dentro del primer año de su
administración.
NOTAS:
REFORMA VIGENTE. - Reformado por artículo primero del Decreto No. 1016, publicado en el
2016/10/20 . Antes
decía: Las tablas de valores serán propuestas por el Ayuntamiento al Congreso del Estado cada
tres años, iniciado un período constitucional de Gobierno Municipal, la propuesta se hará dentro de
los primeros noventa días.
Artículo 110.-
Fuente oficial: consultar publicación
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