Ley de Catastro Municipal para el Estado de Morelos
Artículo 34
Vigencia verificada: 24 de septiembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Al siguiente día de la notificación que se realice al titular del predio,
la resolución de la zona identificada y valuada catastralmente en definitiva, entrará
en vigor y surtirá sus efectos respectivos.
Artículo 35.-
Fuente oficial: consultar publicación
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