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Ley de Catastro Municipal para el Estado de Morelos

Artículo 64

Ordenamiento: Ley de Catastro Municipal para el Estado de Morelos · Ámbito: Morelos
Última reforma: 2017-03-01

Vigencia verificada: 1 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Los planos catastrales o documentos descriptivos serán:

I.- Plano general del conjunto de cada región catastral, en el que figurarán las

calles, manzanas, glorietas que cada una de ellas contenga;

II.- Plano por manzanas de cada región catastral , en los cuales se dibujarán

todos y cada uno de los predios que contenga, para poderlo utilizar de matriz en

la copia de planos individuales;

III.- Planos reguladores de las ciudades y poblaciones más importantes en las

que el Presidente Municipal ordene su levantamiento;

IV.- Plano general del Municipio;

V.- Planos de desarrollo urbano y rural del Municipio; y

VI.- Plano individual del predio.

Artículo 65.-

Fuente oficial: consultar publicación

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