Ley de Cultura Cívica del Estado de Morelos
Artículo 127
Vigencia verificada: 13 de septiembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
ARTÍCULO 127.- La riña es la contienda de obra entre dos o más personas, con el
propósito de causarse daño.
Fuente oficial: consultar publicación
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