Ley de Derechos de las Personas Jóvenes del Estado de Hidalgo
Artículo 59
Vigencia verificada: 28 de septiembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 59. El Instituto Hidalguense de la Juventud, en coordinación con el Instituto Hidalguense de
Competitividad Empresarial y la Secretaría de Desarrollo Económico, promoverán el emprendimiento entre
las personas jóvenes y la inversión pública para sus proyectos innovadores; así como el desarrollo
productivo de las micro, pequeñas y medianas empresas o industrias creadas por las personas jóvenes.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- HACIENDA DE LOS MUNICIPIOS. (s/clave)
- HACIENDA DE LOS MUNICIPIOS. (s/clave)
- HACIENDA DE LOS MUNICIPIOS. (s/clave)
- CONSTITUCION FEDERAL. (s/clave)
- INDUSTRIAS NUEVAS Y NECESARIAS, LEY DE FOMENTO DE. CONTRA LAS RESOLUCIONES FUNDADAS EN ELLA NO ES INDISPENSABLE PROMOVER JUICIO ANTE EL TRIBUNAL FISCAL. (496)
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