HACIENDA DE LOS MUNICIPIOS.
Se formará de las contribuciones que señalen en las legislaturas de los Estados, pero los mismos Municipios no tienen facultad para expedir leyes, ni reglamentos hacendarios.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/289790-c79371ee/hacienda-de-los-municipios · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. Mendoza Simón R. 28 de marzo de 1919. Mayoría de siete votos. Ausentes: José M. Truchuelo, Agustín Urdapilleta y Enrique Colunga. Disidente: Alberto M. González. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
- HACIENDA DE LOS MUNICIPIOS. (s/clave)
- HACIENDA DE LOS MUNICIPIOS. (s/clave)
- MUNICIPIOS. (s/clave)
- HACIENDA PUBLICA MUNICIPAL. (s/clave)
- IMPUESTOS MUNICIPALES. (s/clave)
- LEGISLATURAS. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis