Ley de Derechos de las Personas Jóvenes del Estado de Hidalgo
Artículo 79
Vigencia verificada: 21 de septiembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 79. El Premio Estatal de la Juventud se entregará a personas entre doce y veintinueve años de
edad, colectivos y organizaciones de la sociedad civil cuya conducta, dedicación y desarrollo humano, al
trabajo, estudio y crecimiento profesional, cause entusiasmo , admiración y sea motivante de superación
personal entre sus contemporáneos y pueda considerarse ejemplo de buenas prácticas en el ámbito social,
comunitario y que se hayan destacado en la defensa y promoción de los derechos de las personas jóvenes.
Fuente oficial: consultar publicación
Versiones anteriores de este artículo
Histórico legislativo: se muestra para consulta, no forma parte de la búsqueda del texto vigente.
Texto anterior a la reforma (cambio detectado en la fuente oficial el 2026-08-05)
Artículo 79. El Premio Estatal de la Juventud se entregará a personas entre doce y veintinueve años de
edad, colectivos y organizaciones de la sociedad civil cuya conducta, dedicación y desarrollo humano, al
trabajo, estudio y crecimiento profesional, cause entusiasmo , admiración y sea motivante de superación
Ley de Derechos de las Personas Jóvenes del Estado de Hidalgo.
Instituto de Estudios Legislativos.
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personal entre sus contemporáneos y pueda considerarse ejemplo de buenas prácticas en el ámbito social,
comunitario y que se hayan destacado en la defensa y promoción de los derechos de las personas jóvenes.
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