Ley de Derechos de las Personas Jóvenes del Estado de Hidalgo
Artículo 85
Vigencia verificada: 28 de septiembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 85. La administración del Instituto Hidalguense de la Juventud estará a cargo de:
I. La Junta de Gobierno; y
II. La persona titular del Instituto Hidalguense de la Juventud.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- AUTORIDADES ADMINISTRATIVAS. (19)
- AUTORIDADES ADMINISTRATIVAS. (s/clave)
- JUECES DE DISTRITO. (s/clave)
- LEYES INCONSTITUCIONALES. (s/clave)
- RESPONSABILIDAD OFICIAL. (s/clave)
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