Artículo 44
Vigencia verificada: 22 de septiembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
En los Municipios deberán formarse Consejos Asesores para la
Integración, Asistencia, Promoción y Defensa de los Derechos de las Personas
Adultas Mayores, para fomentar la participación de la población.
TÍTULO SÉPTIMO
DE LAS RESPONSABILIDADES Y SANCIONES
CAPÍTULO I
DE LAS INFRACCIONES Y SANCIONES
Artículo *45.-
Fuente oficial: consultar publicación
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