Ley de Desarrollo Sustentable de la Cafeticultura · Titulo CUARTO — Del fomento y desarrollo de la cafeticultura · Capitulo II — Investigación, capacitación y asistencia técnica cafetalera
Artículo 33
Vigencia verificada: 27 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 33. La Comisión podrá proponer medidas de apoyo a las organizaciones productivas de café para la adquisición de los servicios de asistencia técnica y capacitación.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- CAFÉ, EL REGLAMENTO SOBRE TORREFACCIÓN Y VENTA DEL, NO INVADE LAS ESFERAS DE ATRIBUCIONES DE LOS ESTADOS.- (535)
- CAFE, EL REGLAMENTO SOBRE TORREFACCION Y VENTA DEL, NO INVADE LAS ESFERAS DE ATRIBUCIONES DE LOS ESTADOS. (s/clave)
- BEBIDAS ALCOHOLICAS, LICENCIA PARA ESTABLECIMIENTOS QUE EXPENDAN. (s/clave)
- REVISION DE OFICIO. (s/clave)
- ACTOS POLITICOS. (s/clave)
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