Ley de Educación Superior del Estado de Hidalgo
Artículo 13
Vigencia verificada: 22 de septiembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 13. Las modalidades que comprende la educación superior son las siguientes:
I. Escolarizada: es el conjunto de servicios educativos que se imparten en las instituciones de
educación superior, caracterizada por la existencia de coincidencias espaciales y temporales entre
quienes participan en un programa académico y la institución que lo ofrece para recibir formación
académica de manera sistemática como parte de un plan de estudios;
II. No escolarizada: es el proceso de construcción de saberes autónomo, flexible, según un plan de
estudios, caracterizado por la coincidencia temporal entre quienes participan en un programa
académico y la institución que lo ofrece, que puede llevarse a cabo a través de una plataforma
tecnológica educativa, medios electrónicos u otros recursos didácticos para la formación a distancia;
III. Mixta: es una combinación de las modalidades escolarizada y no escolarizada, para cursar las
asignaturas o módulos que integran un plan de estudios;
IV. Dual: es el proceso de construcción de saberes dirigido por una institución de educación superior
para la vinculación de la teoría y la práctica, integrando al estudiante en estancias laborales para
desarrollar sus habilidades; y
V. Las que determinen las autoridades educativas federal y la Secretaría y las instituciones de
educación superior, de conformidad con la normatividad aplicable.
En el caso de las universidades e instituciones de educación superior, a las que la Ley otorgue autonomía
se estará a lo que determine la fracción VII del artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos y su normatividad interna.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- AUTONOMÍA UNIVERSITARIA. SÓLO PUEDE ESTABLECERSE MEDIANTE UN ACTO FORMAL Y MATERIALMENTE LEGISLATIVO. (P./J. 17/2005)
- AUTONOMÍA UNIVERSITARIA. SÓLO PUEDE ESTABLECERSE MEDIANTE UN ACTO FORMAL Y MATERIALMENTE LEGISLATIVO. (9)
- UNIVERSIDADES PÚBLICAS. LA AUTONOMÍA DE LA QUE LEGALMENTE PUEDEN SER DOTADAS LES CONFIERE LA FACULTAD DE AUTOGOBIERNO. (1a./J. 18/2010 )
- UNIVERSIDADES PÚBLICAS. LA AUTONOMÍA DE LA QUE LEGALMENTE PUEDEN SER DOTADAS LES CONFIERE LA FACULTAD DE AUTOGOBIERNO. (334)
- DERECHO A LA EDUCACIÓN SUPERIOR. SU CONTENIDO Y CARACTERÍSTICAS. (1a./J. 83/2017 (10a.))
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis