Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas del estado de Morelos
Artículo 20
Vigencia verificada: 22 de septiembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Las observaciones que, en su caso, emita la ESAF derivado de la
Fiscalización superior podrán derivar en:
I. Acciones y previsiones, incluyendo solicitudes de aclara ción, pliegos de
observaciones, informes de presunta responsabilidad administrativa,
promociones del ejercicio de la facultad de comprobación fiscal, promociones
de responsabilidad administrativa sancionatoria, denuncias de hechos ante la
Fiscalía Anticorrupción y denuncias de juicio político, y
II. Recomendaciones.
Artículo 21.
Fuente oficial: consultar publicación
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