Ley de Fomento y Protección Pecuaria del Estado de Morelos
Artículo 47
Vigencia verificada: 16 de septiembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 47. - Si dentro del plazo a que se refiere el artículo anterior no se
presentare el propietario notificado o el reclamante; no acreditare sus derechos o
presentándose se negare a pagar los gastos o daños causados por el animal
mostrenco; la autoridad municipal, previo aviso a la Dirección, procederá a tasar
por peritos de las Organizaciones Ganaderas Locales, a l animal mostrenco y será
postura de la primera subasta la que cubra las dos terceras partes del precio de tal
avalúo. Al efecto, se fijarán las notificaciones procedentes en las oficinas del
Ayuntamiento respectivo y en las Organizaciones Ganaderas Locale s, con
presencia en el Municipio que corresponda, por dos veces dentro de nueve días,
convocando postores y anunciándose que al vencimiento del plazo se rematará el
animal. Si en esa primera subasta no hubiere postura legal se convocará para una
segunda, por medio de una sola notificación en las oficinas del Ayuntamiento y en
las Organizaciones Ganaderas Locales, con presencia en el Municipio, teniéndose
como valor comercial el valor inicial dictaminado, con deducción de un veinte por
ciento; y si aun así n o hubiera postura legal se venderá el animal para abasto
público.
Si el animal mostrenco hallado ocasiona gastos que no estén en relación con su
valor dictaminado por los peritajes a que refiere el párrafo anterior, la autoridad
dispondrá desde luego del ingreso económico por su venta y mandará depositar
en la Tesorería Municipal el importe de la operación mercantil realizada, una vez
descontados los gastos de traslado, guarda y alimento que, en su caso, se
hubieren erogado.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- GANADOS, SUSPENSION TRATANDOSE DE PROHIBICION PARA EL PASTEO DE LOS. (s/clave)
- AGRARIO. ORDEN PARA RECOGER SEMOVIENTES POR FALTA DE PAGO DE PASTURA. NO PUEDE DICTARLA EL JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ASUNTOS AGRARIOS Y COLONIZACION. (s/clave)
- ROBO DE GANADO MOSTRENCO (LEGISLACION DE TAMAULIPAS). (s/clave)
- REMATE DE BIENES RAICES. (s/clave)
- AFTOSA, INDEMNIZACION CON MOTIVO DE LA. (s/clave)
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