Ley de Humanidades, Ciencias, Tecnologías e Innovación del Estado de Hidalgo
Artículo 39
Vigencia verificada: 30 de septiembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 39.- El Consejo Estatal fomentará la corresponsabilidad del sector privado para que realice en el
Estado de Hidalgo actividades directamente vinculadas con la investigación humanística y científica, el
desarrollo tecnológico y la innovación, preferentemente mediante incentivos al financiamiento y facilidades
administrativas, en términos de las disposiciones y normatividad aplicables, los cuales responderán al
contenido del Programa Estatal.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- DIRECTOR GENERAL DE AUDITORÍA FISCAL DE LA SECRETARÍA DE FINANZAS DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE HIDALGO. CARECE DE COMPETENCIA PARA EJERCER LAS FACULTADES DELEGADAS EN EL CONVENIO DE (II.3o.A.70 A (10a.))
- CONCESIONES PARA SERVICIOS PUBLICOS. (s/clave)
- CONSTITUCION FEDERAL. (s/clave)
- CONCESIONES PARA SERVICIOS PUBLICOS. (s/clave)
- GASTOS PUBLICOS. (s/clave)
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