Ley de Humanidades, Ciencias, Tecnologías e Innovación del Estado de Hidalgo
Artículo 4 (cont.)
Vigencia verificada: 30 de septiembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
VI. Derecho humano a la ciencia: Toda persona tiene derecho reconocido en la fracción V del artículo
3º, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Constitución Política del Estado
de Hidalgo en su artículo 8 Bis en su párrafo sexto, así como en los Tratados Internacionales de los
que el Estado mexicano es parte, que incluye a las Humanidades, las Ciencias, las Tecnologías y
la Innovación;
Se establece que toda persona tiene derecho a gozar de los beneficios del desarrollo de la ciencia
y la innovación tecnológica.
VII. Economía social y solidaria: actividad económica que realiza el sector social de la economía, al
que se refiere el artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Ley de
la Economía Social y Solidaria;
VIII. Ecosistema Estatal de Innovación Abierta: modelo de maduración tecnológica colaborativo entre
los sectores público, social y privado, incluyendo las instituciones financieras bancarias y no
bancarias, que tiene como propósito el aprovechamiento eficiente de los múltiples esfuerzos del
sector productivo local;
IX. Ejes programáticos y de articulación: ejes relativos a las políticas públicas en materia de
Humanidades, Ciencias, Tecnologías e Innovación;
X. Entidades: los Organismos Públicos Descentralizados, las empresas de participación Estatal,
fideicomisos públicos, en los que el fideicomitente sea el Estado;
XI. Estado: el Estado Libre y Soberano de Hidalgo;
XII. Gasto estatal: gasto concurrente de los sectores público, social y privado en el Estado en materia
de Humanidades, Ciencias, Tecnologías e Innovación;
XIII. Gasto público: erogaciones aprobadas en los presupuestos correspondientes realizadas por el
Estado de Hidalgo y los Municipios en materia de Humanidades, Ciencias, Tecnologías e
Innovación;
XIV. Instrumentos de planeación estratégica y participativa: Programa Estatal y los programas en
materia de Humanidades, Ciencias, Tecnologías e Innovación de los municipios;
XV. Investigación en ciencia básica y de frontera: investigación realizada en todas las áreas del saber
y la que busca incrementar el conocimiento, respectivamente;
XVI. Instituciones: las Universidades e instituciones educativas, laboratorios, empresas y organismos
públicos y privados;
XVII. Investigación: el estudio sistemático dirigido hacia un conocimiento científico más completo o hacia
un entendimiento mejor de la materia estudiada en cualquier área del conocimiento. Se suele
clasificar en básica o aplicada: en la básica el objetivo es ganar conocimien to o entendimiento de
los fenómenos sin aplicaciones específicas en mente; en la aplicada el objetivo es ganar
conocimiento o entendimiento necesarios para una necesidad específica;
XVIII. Ley General: Ley General en Materia de Humanidades, Ciencias, Tecnologías e Innovación;
XIX. Ley Estatal: Ley de Humanidades, Ciencias, Tecnologías e Innovación del Estado de Hidalgo;
XX. Mecanismos e instrumentos públicos de fomento y apoyo: aquéllos dirigidos a la formación,
investigación, divulgación y desarrollo de proyectos en materia de Humanidades, Ciencias,
Tecnologías e Innovación;
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- DERECHOS HUMANOS. OBLIGACIONES CONSTITUCIONALES DE LAS AUTORIDADES EN LA MATERIA. (1a. XVIII/2012 (9a.))
- SALUD. EL DERECHO A SU PROTECCIÓN CONFORME AL ARTÍCULO 4o., TERCER PÁRRAFO, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, ES UNA RESPONSABILIDAD SOCIAL. (P./J. 136/2008)
- SALUD. EL DERECHO A SU PROTECCIÓN CONFORME AL ARTÍCULO 4o., TERCER PÁRRAFO, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, ES UNA RESPONSABILIDAD SOCIAL. (49)
- DERECHO A LA EDUCACIÓN. OBLIGACIONES DEL ESTADO EN MATERIA DE FISCALIZACIÓN PARA GARANTIZAR SU EFECTIVIDAD. (1a. CLXXVIII/2015 (10a.))
- CONSULTA PREVIA A LAS COMUNIDADES Y PUEBLOS INDÍGENAS. NO ES EXIGIBLE A LAS AUTORIDADES DEL ESTADO DE HIDALGO REALIZARLA RESPECTO DE LA ELABORACIÓN DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA ((IV Región)2o.1 CS (11a.))
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