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Ley de Humanidades, Ciencias, Tecnologías e Innovación del Estado de Hidalgo

Artículo 4 (cont.)

Ordenamiento: Ley de Humanidades, Ciencias, Tecnologías e Innovación del Estado de Hidalgo · Ámbito: Hidalgo
Última reforma: 2026-08-06

Vigencia verificada: 30 de septiembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

VI. Derecho humano a la ciencia: Toda persona tiene derecho reconocido en la fracción V del artículo

3º, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Constitución Política del Estado

de Hidalgo en su artículo 8 Bis en su párrafo sexto, así como en los Tratados Internacionales de los

que el Estado mexicano es parte, que incluye a las Humanidades, las Ciencias, las Tecnologías y

la Innovación;

Se establece que toda persona tiene derecho a gozar de los beneficios del desarrollo de la ciencia

y la innovación tecnológica.

VII. Economía social y solidaria: actividad económica que realiza el sector social de la economía, al

que se refiere el artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Ley de

la Economía Social y Solidaria;

VIII. Ecosistema Estatal de Innovación Abierta: modelo de maduración tecnológica colaborativo entre

los sectores público, social y privado, incluyendo las instituciones financieras bancarias y no

bancarias, que tiene como propósito el aprovechamiento eficiente de los múltiples esfuerzos del

sector productivo local;

IX. Ejes programáticos y de articulación: ejes relativos a las políticas públicas en materia de

Humanidades, Ciencias, Tecnologías e Innovación;

X. Entidades: los Organismos Públicos Descentralizados, las empresas de participación Estatal,

fideicomisos públicos, en los que el fideicomitente sea el Estado;

XI. Estado: el Estado Libre y Soberano de Hidalgo;

XII. Gasto estatal: gasto concurrente de los sectores público, social y privado en el Estado en materia

de Humanidades, Ciencias, Tecnologías e Innovación;

XIII. Gasto público: erogaciones aprobadas en los presupuestos correspondientes realizadas por el

Estado de Hidalgo y los Municipios en materia de Humanidades, Ciencias, Tecnologías e

Innovación;

XIV. Instrumentos de planeación estratégica y participativa: Programa Estatal y los programas en

materia de Humanidades, Ciencias, Tecnologías e Innovación de los municipios;

XV. Investigación en ciencia básica y de frontera: investigación realizada en todas las áreas del saber

y la que busca incrementar el conocimiento, respectivamente;

XVI. Instituciones: las Universidades e instituciones educativas, laboratorios, empresas y organismos

públicos y privados;

XVII. Investigación: el estudio sistemático dirigido hacia un conocimiento científico más completo o hacia

un entendimiento mejor de la materia estudiada en cualquier área del conocimiento. Se suele

clasificar en básica o aplicada: en la básica el objetivo es ganar conocimien to o entendimiento de

los fenómenos sin aplicaciones específicas en mente; en la aplicada el objetivo es ganar

conocimiento o entendimiento necesarios para una necesidad específica;

XVIII. Ley General: Ley General en Materia de Humanidades, Ciencias, Tecnologías e Innovación;

XIX. Ley Estatal: Ley de Humanidades, Ciencias, Tecnologías e Innovación del Estado de Hidalgo;

XX. Mecanismos e instrumentos públicos de fomento y apoyo: aquéllos dirigidos a la formación,

investigación, divulgación y desarrollo de proyectos en materia de Humanidades, Ciencias,

Tecnologías e Innovación;

Fuente oficial: consultar publicación

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