Ley de Humanidades, Ciencias, Tecnologías e Innovación del Estado de Hidalgo
Artículo Transitorio DÉCIMO
Vigencia verificada: 30 de septiembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
DÉCIMO. En un plazo no mayor a ciento ochenta días, las instancias competentes deberán adecuar el
Programa en materia de Humanidades, Ciencias, Tecnologías e Innovación de Hidalgo a lo dispuesto en
la presente Ley. A partir de dicha adecuación, se deberán expedir los instrumentos de planeación que
correspondan, dentro de un plazo de ciento ochenta días.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- PROMULGACION DE LAS LEYES. (s/clave)
- CONTRATO LEY, REQUISITOS DEL. (s/clave)
- REVISION. (s/clave)
- REVISION. (s/clave)
- DECRETO DE VEINTE DE ENERO DE MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y CUATRO. (s/clave)
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