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Modo: Corpus Pro

Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Durango

Artículo 175

Ordenamiento: Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Durango · Ámbito: Durango
Última reforma: 2026-10-12

Vigencia verificada: 6 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

ARTÍCULO 175.-

1. La coordinación en materia de inteligencia financiera, se hará de conformidad con lo señalado

por la Ley General.

TÍTULO SEGUNDO

DE LOS ACTOS PREPARATORIOS DE LA ELECCIÓN

CAPÍTULO I

DE LAS PRECAMPAÑAS

Fuente oficial: consultar publicación

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