Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

Ley de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Aguascalientes

Artículo 21

Ordenamiento: Ley de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Aguascalientes · Ámbito: Aguascalientes
Última reforma: 2026-06-23

Vigencia verificada: 25 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

ARTÍCULO 21.- Cuando la persona titular de la Presidencia cese en sus funciones

por alguna de las causales previstas en las Fracciones III, IV, V y VI del Artículo

anterior, el Consejo deberá declarar vacante el cargo de la Presidencia.

(REFORMADO,

Fuente oficial: consultar publicación

← Art. 20Índice de la leyArt. 22 →

Versiones anteriores de este artículo

Histórico legislativo: se muestra para consulta, no forma parte de la búsqueda del texto vigente.

Texto anterior a la reforma (cambio detectado en la fuente oficial el 2026-07-24)

ARTÍCULO 21. - Cuando el Presidente cese en sus funciones por alguna de las

causales previstas en las Fracciones III, IV, V y VI del Artículo anterior, el Consejo

deberá declarar vacante el cargo de Presidente.

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis