Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos · Titulo Cuarto — de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. · Capitulo adicionado — DOF 27-01-2017
Artículo 24 Bis
Vigencia verificada: 27 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 24 Bis.- El Órgano Interno de Control es un órgano dotado de autonomía técnica y de gestión para decidir sobre su funcionamiento y resoluciones. Tendrá a su cargo prevenir, corregir, investigar y calificar actos u omisiones que pudieran constituir responsabilidades administrativas de servidores públicos de la Comisión Nacional y de particulares vinculados con faltas graves; para sancionar aquellas distintas a las que son competencia del Tribunal Federal de Justicia Administrativa; revisar el ingreso, egreso, manejo, custodia, aplicación de recursos públicos federales; así como presentar las denuncias por hechos u omisiones que pudieran ser constitutivos de delito ante la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción.
El Órgano Interno de Control tendrá un titular que lo representará y contará con la estructura orgánica, personal y recursos necesarios para el cumplimiento de su objeto.
En el desempeño de su cargo, el titular del Órgano Interno de Control se sujetará a los principios previstos en la Ley General de Responsabilidades Administrativas.
Artículo adicionado DOF 27-01-2017
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- TITULAR DEL ÁREA DE RESPONSABILIDADES DEL ÓRGANO INTERNO DE CONTROL EN LA LOTERÍA NACIONAL PARA LA ASISTENCIA PÚBLICA. CUENTA CON EXISTENCIA LEGAL Y FACULTADES PARA SANCIONAR A SER (I.1o.A.150 A)
- TITULARES DE LOS ÓRGANOS INTERNOS DE CONTROL DE LAS ENTIDADES PARAESTATALES. DEPENDEN JERÁRQUICAMENTE DE LA SECRETARÍA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA, POR LO QUE LA FUNDAMENTACIÓN DE SU COM (2a./J. 135/2008)
- TITULARES DE LOS ÓRGANOS INTERNOS DE CONTROL DE LAS ENTIDADES PARAESTATALES. DEPENDEN JERÁRQUICAMENTE DE LA SECRETARÍA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA, POR LO QUE LA FUNDAMENTACIÓN DE SU COM (323)
- ÓRGANO INTERNO DE CONTROL EN LA POLICÍA FEDERAL. EL TITULAR DEL ÁREA DE RESPONSABILIDADES CARECE DE COMPETENCIA PARA INICIAR EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO CONTRA LO (I.9o.A.106 A (10a.))
- RESPONSABILIDADES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS. EL TITULAR DEL ÁREA RELATIVA DE UN ÓRGANO INTERNO DE CONTROL PUEDE AUXILIARSE DEL PERSONAL ADSCRITO A AQUÉLLA PARA SUSTANCIAR LOS PROC (I.8o.A.36 A )
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