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Modo: Corpus Pro

Ley de la División Territorial del Estado de Morelos

Artículo 20 BIS

Ordenamiento: Ley de la División Territorial del Estado de Morelos · Ámbito: Morelos
Última reforma: 2026-09-16

Vigencia verificada: 12 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

ARTÍCULO *20 BIS.- Corresponden a la Jurisdicción del Municipio de Temoac los

siguientes centros de población:

Amilcingo, Huazulco, Popotlán, y TEMOAC, Cabecera del Municipio.

NOTAS:

REFORMA VIGENTE : Adicionados el presente por artículo segundo del Decreto número 1066

publicado en el

Fuente oficial: consultar publicación

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