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Modo: Corpus Pro

Ley de la División Territorial del Estado de Morelos

Artículo 20 TER

Ordenamiento: Ley de la División Territorial del Estado de Morelos · Ámbito: Morelos
Última reforma: 2026-09-16

Vigencia verificada: 12 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

ARTÍCULO *20 TER.- Corresponden a la Jurisdicción del Municipio de Tetela del Volcán

los siguientes centros de población:

Xochicalco, Tlalmimilulpan y TETELA DEL VOLCÁN, Cabecera del Municipio.

NOTAS:

REFORMA VIGENTE. - Reformado por artículo segundo del Decreto No. 3247, publicado en el

Vigencia: 2018/07/12.

Antes decía: Corresponden a la Jurisdicción del Municipio de Tetela del Volcán los siguientes

centros de población: Hueyapan, TETELA DEL VOLCÁN, Cabecera del Municipio, Xochicalco, y

Tlalmimilulpan.

REFORMA SIN VIGENCIA : Adicionados el presente por artículo segundo del Decreto número

1066 publicado en el

Fuente oficial: consultar publicación

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