Ley de la División Territorial del Estado de Morelos
Artículo 27
Vigencia verificada: 12 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
ARTÍCULO 27.- Corresponden a la jurisdic ción del Municipio de Tlayacapan, los
siguientes centros de población:
Amatlipac, Cuautempa, Los Laureles y TLAYACAPAN, Cabecera del Municipio.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- CONSTITUCION FEDERAL. (s/clave)
- AMPARO CONTRA ACTOS JUDICIALES. (s/clave)
- RESOLUCIONES JUDICIALES. (s/clave)
- EJECUCION. (s/clave)
- SENTENCIAS NO DEFINITIVAS. (s/clave)
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