Ley de la División Territorial del Estado de Morelos
Artículo 31 BIS
Vigencia verificada: 12 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
ARTÍCULO *31 BIS. - Corresponden a la Jurisdicción del Municipio de Zacatepec
los siguientes centros de población:
Galeana, Tetelpa y ZACATEPEC, Cabecera del Municipio.
NOTAS:
REFORMA VIGENTE: Adicionado el presente artículo por Decreto número 1066 publicado en el
Expidió Poder Ejecutivo del Estado de Morelos
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- CONSTITUCION FEDERAL. (s/clave)
- AMPARO CONTRA ACTOS JUDICIALES. (s/clave)
- EJECUTIVO DEL ESTADO. (s/clave)
- CONSTITUCIONES DE LOS ESTADOS.- (729)
- EJECUCION. (s/clave)
Versiones anteriores de este artículo
Histórico legislativo: se muestra para consulta, no forma parte de la búsqueda del texto vigente.
Texto anterior a la reforma (reforma publicada en el DOF el 2018-08-31)
ARTÍCULO *31 BIS. - Corresponden a la Jurisdicción del Municipio de Zacatepec
los siguientes centros de población:
Galeana, Tetelpa y ZACATEPEC, Cabecera del Municipio.
Expidió Poder Ejecutivo del Estado de Morelos
NOTAS:
REFORMA VIGENTE: Adicionado el presente artículo por Decreto número 1066 publicado en el
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