Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

Ley de los Derechos de las Personas Indígenas y Afromexicanas en el Estado de Nuevo León

Artículo 16

Ordenamiento: Ley de los Derechos de las Personas Indígenas y Afromexicanas en el Estado de Nuevo León · Ámbito: Nuevo León
Última reforma: 2026-01-16

Vigencia verificada: 5 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

(REFORMADO, P.O. 16 DE ENERO DE 2026)

Artículo 16. - Las personas indígenas y afromexicanas tienen derecho a la

reparación por la privación de bienes culturales, intelectuales, religiosos y

espirituales de los que hayan sido despojadas.

Asimismo, en el marco del respeto y promoción de su patrimonio cultural, el

Gobierno del Estado deberá procurar la participación de los pueblos y

comunidades indígenas y afromexicanas en los eventos culturales oficiales

que organice, garantizando su visibilización, inclusión y respeto a la diversidad

cultural.

Fuente oficial: consultar publicación

← Art. 15Índice de la leyArt. 17 →

Jurisprudencia y tesis sobre este artículo

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis