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Modo: Corpus Pro

Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación

Artículo Capítulo 06

Ordenamiento: Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación · Ámbito: Federal
Última reforma: 2025-12-31

Vigencia verificada: 3 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Capítulo 06

Plantas vivas y productos de la floricultura

Notas.

1. Salvo lo dispuesto en la segunda parte de la partida 06.01, este Capítulo comprende únicamente los productos suministrados habitualmente por los horticultores, viveristas o floristas para la plantación o la ornamentación. Sin embargo, se excluyen de este Capítulo las papas (patatas), cebollas hortenses, chalotes, ajos y demás productos del Capítulo 07.

2. Los ramos, cestas, coronas y artículos similares se asimilan a las flores o follajes de las partidas 06.03 o 06.04, sin tener en cuenta los accesorios de otras materias. Sin embargo, estas partidas no comprenden los collages y cuadros similares de la partida 97.01.

CÓDIGO

DESCRIPCIÓN UNIDAD CUOTA (ARANCEL)

IMPUESTO DE IMP. IMPUESTO DE EXP.

Fuente oficial: consultar publicación

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