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Ley de los Trabajadores al Servicio de los Gobiernos Estatal y Municipales, así como de los Organismos Descent

Artículo 17 Quater

Ordenamiento: Ley de los Trabajadores al Servicio de los Gobiernos Estatal y Municipales, así como de los Organismos Descentralizados del Estado de Hidalg · Ámbito: Hidalgo
Última reforma: 2025-07-24

Vigencia verificada: 19 de septiembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 17 Quater. La licencia por paternidad, se otorgará por dos semanas antes del parto y seis

semanas después del día del nacimiento de la hija o hijo. La solicitud deberá ser presentada enseguida

del nacimiento o al día siguiente, anexando la constancia de nacimiento expedida por el centro de salud

público o privado, que acredite su paternidad.

La licencia de paternidad será en todo momento intransferible e irrenunciable.

Fuente oficial: consultar publicación

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