ACTAS DE NACIMIENTO. FIRMA DE QUIEN COMPARECE COMO PROGENITOR A REGISTRAR A SU HIJO.
En términos generales, puede admitirse que en las actas de nacimiento no es requisito esencial la firma de la persona que comparece como progenitor a registrar a su hijo, cuando éste es legítimo y se asienta razón en el acta de los motivos por los que el compareciente se haya abstenido de firmar.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/241927-f63c09f7/actas-de-nacimiento-firma-de-quien-comparece-como · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 4901/71. Edith Melgar Mondragón. 9 de febrero de 1973. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez.
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