Artículo 70
Vigencia verificada: 19 de septiembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 70.- Los sindicatos no podrán estipular en ningún caso, la cláusula de exclusión.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- CLAUSULA DE EXCLUSION. (s/clave)
- CLAUSULA DE EXCLUSION. REQUISITOS PARA SU APLICACION. (s/clave)
- SALARIOS CAIDOS. (s/clave)
- CLAUSULA DE EXCLUSION. (s/clave)
- CLAUSULA DE EXCLUSION, APLICACION DE LA. (s/clave)
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