Artículo 74
Vigencia verificada: 26 de septiembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 74.- Los actos realizados por las directivas de los sindicatos obligan civilmente a éstos, siempre
que hayan obrado dentro de sus facultades.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- SINDICATOS, RESPONSABILIDAD DE SUS DIRIGENTES. (s/clave)
- ESTATUTOS SINDICALES, PRESCRIPCIÓN DE LAS ACCIONES RELATIVAS A DERECHOS SURGIDOS DE LOS.- (215)
- ESTATUTOS SINDICALES, PRESCRIPCION DE LAS ACCIONES RELATIVAS A DERECHOS SURGIDOS DE LOS. (s/clave)
- SINDICATOS, ACTUACION DE LOS CON RELACION A SUS MIEMBROS. (s/clave)
- SINDICATOS, SON SUJETOS DE DERECHOS Y OBLIGACIONES. (s/clave)
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