Ley de Movilidad del Estado de Guanajuato y sus Municipios
Artículo 27
Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 27.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- RUTAS, CANCELACION DE PERMISOS DE. (s/clave)
- SUSPENSION. (s/clave)
- TRANSITO, EFECTOS DE LAS CANCELACONES DE PERMISOS DE. (s/clave)
- REGLAMENTO PARA EL SERVICIO PUBLICO DE AUTO TRANSPORTES DE PASAJEROS EN EL DISTRITO FEDERAL. (s/clave)
- CONCESION DE TRANSPORTES DE PASAJEROS, EJECUCION DE SENTENCIA DE AMPARO EN RELACION CON. (s/clave)
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