Ley de Movilidad, Transporte y Seguridad Vial del Estado de Morelos
Artículo 102
Vigencia verificada: 4 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
La Coordinación General es la autoridad facultada para regular,
registrar, supervisar, fiscalizar y sancionar la prestación de este servicio, con el
objetivo de garantizar la seguridad de las personas usuarias, la calidad del
servicio, la equidad en el mercado y la protección de los datos personales.
Artículo 103.
Fuente oficial: consultar publicación
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