Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

Ley de Movilidad, Transporte y Seguridad Vial del Estado de Morelos

Artículo 94

Ordenamiento: Ley de Movilidad, Transporte y Seguridad Vial del Estado de Morelos · Ámbito: Morelos
Última reforma: 2026-04-23

Vigencia verificada: 16 de septiembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Para obtener un permiso de transporte privado o registro anual de

operación de transporte privado de pasajeros, según corresponda, los solicitantes

deberán acreditar la propiedad, posesión o tenencia de los vehículos, contar con

las pólizas de seguro de responsabilidad civil por daños a terceros vigentes, así

como un contrato de prestación de servicios con la institución o empresa

correspondiente en su caso; los vehículos deberán cumplir con las

especificaciones técnicas, de seguridad, de identidad vehicular para circular

establecidas en el Reglamento y en las Normas Técnicas correspondientes de

operación para cada modalidad, conforme al Cálculo del Factor de Capacidad

Operativa y Demanda, emitido por la Coordinación General, en términos de los

estudios técnicos correspondientes.

Artículo 95.

Fuente oficial: consultar publicación

← Art. 93Índice de la leyArt. 95 →
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis