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Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas para el Estado de Tamaulipas

Artículo 96

Ordenamiento: Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas para el Estado de Tamaulipas · Ámbito: Tamaulipas
Última reforma: 2026-02-12

Vigencia verificada: 8 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

ARTÍCULO 96. En contra de las resoluciones que dicte la autoridad, el interesado podrá interponer ante la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno o los órganos de control de los Ayuntamientos, el recurso de revocación, dentro del término de cinco días hábiles contados a partir del día hábil siguiente al de la notificación de la resolución respectiva.

Párrafo reformado, P.O. No. 19, del 12 de febrero del 2026

https://po.tamaulipas.gob.mx/wp-content/uploads/2026/02/cli-19-120226.pdf

Si se determina la nulidad total del procedimiento de contratación por causas imputables a la convocante, la dependencia, entidad o Ayuntamiento, reembolsará a los licitantes los gastos no recuperables en que hayan incurrido, siempre que estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con la operación correspondiente.

Fuente oficial: consultar publicación

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