Ley de Pesca y Acuacultura Sustentables del Estado de Tamaulipas
Artículo 5
Vigencia verificada: 25 de septiembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
ARTÍCULO 5.
1. En todo lo no previsto en esta ley y su reglamento se aplicarán, en lo conducente y de manera supletoria, la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado, la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado, el Código Civil para el Estado y el Código de Procedimientos Civiles del Estado.
2. A falta de disposiciones jurídicas se aplicarán los principios generales del derecho.
TÍTULO SEGUNDO
DE LA COMPETENCIA, CONCURRENCIA Y COORDINACIÓN
CAPÍTULO I
DE LA DISTRIBUCIÓN DE COMPETENCIAS
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- COMPETENCIA, LEY APLICABLE A LOS CONFLICTOS DE. (s/clave)
- COMPETENCIA, APLICACION DE LAS LEYES DE. (128)
- COMPETENCIA, APLICACION DE LAS LEYES DE. (s/clave)
- COMPETENCIA, APLICACIÓN DE LAS LEYES DE.- (153)
- COMPETENCIA, APLICACIÓN DE LAS LEYES DE. (4)
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