Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios · Titulo SEGUNDO — PRINCIPIOS, DEBERES Y DISPOSICIONES APLICABLES AL TRATAMIENTO DE DATOS · Capitulo I — De los Principios
Artículo 12
Vigencia verificada: 27 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 12. El tratamiento de datos personales por parte del responsable deberá sujeta rse a las
facultades o atribuciones que la normatividad aplicable le confiera.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- DOCUMENTOS PRIVADOS. (301)
- DOCUMENTOS PRIVADOS. (s/clave)
- INFORME DE LAS AUTORIDADES RESPONSABLES. (s/clave)
- AUTORIDADES. (s/clave)
- ACTOS INMINENTES. (s/clave)
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