Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios · Titulo TERCERO — DERECHOS DE LAS PERSONAS TITULARES Y SU EJERCICIO · Capitulo I — De los Derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición
Artículo 43
Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 43. La persona titular podrá oponerse al tratamiento de sus datos personales o exigir que se
cese en el mismo, cuando:
I. Sus datos se hubiesen recabado sin su consentimiento y éste resultara exigible en términos de esta
Ley y disposiciones aplicables;
II. Aun siendo lícito el tratamiento, el mismo debe cesar para evitar que su persistencia le cause un daño
o perjuicio;
III. Sus datos personales sean objeto de un tratamiento automatizado, el cual le produzca efectos
jurídicos no deseados o afecte de manera significativa sus intereses, derechos o liberta des, y estén
destinados a evaluar, sin intervención humana, determinados aspectos personales de la misma o
analizar o predecir, en particular, su rendimiento profesional, situación económica, estado de salud,
preferencias sexuales, fiabilidad o comportamiento;
IV. Identifique que se han asociado datos personales o se le ha identificado con un registro del cuál no
sea titular o se le incluya dentro de un sistema de datos personales en el cual no tenga correspondencia,
Sin reforma.
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y
V. Existan motivos fundados para ello y la Ley no disponga lo contrario.
Capítulo II
Del Ejercicio de los Derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA. LOS SUJETOS OBLIGADOS EN SU CALIDAD DE DEPOSITARIOS DEBEN NOTIFICAR Y OBTENER EL CONSENTIMIENTO DE LOS PARTICULARES TITULARES DE LA (2a. XI/2019 (10a.))
- PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES EN POSESIÓN DE LOS PARTICULARES. MOMENTO EN QUE INICIA EL CÓMPUTO DEL PLAZO DE QUINCE DÍAS QUE ESTABLECE EL ARTÍCULO 45 DE LA LEY FEDERAL RELATIVA PA (I.4o.A.117 A (10a.))
- PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES EN POSESIÓN DE LOS PARTICULARES. LAS PRUEBAS OFRECIDAS POR EL PROMOVENTE DEL PROCEDIMIENTO DE PROTECCIÓN DE DERECHOS ARCO, PREVISTO EN LA LEY FEDERAL (I.9o.A.71 A (10a.))
- DERECHO A LA INFORMACIÓN. EL TITULAR DE ÉSTA TIENE INTERÉS JURÍDICO PARA RECLAMAR EN AMPARO LA DETERMINACIÓN DEL INSTITUTO FEDERAL DE ACCESO A LA INFORMACIÓN Y PROTECCIÓN DE DATOS (PC.I.A. J/12 K (10a.))
- LIBERTAD PERSONAL. (s/clave)
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