Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios · Titulo TERCERO — DERECHOS DE LAS PERSONAS TITULARES Y SU EJERCICIO · Capitulo II — Del Ejercicio de los Derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición
Artículo 45
Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 45. Para el ejercicio de los derechos ARCO será necesario acreditar la identidad de la persona
titular y, en su caso, la identidad y personalidad con la que actúe el representante.
El ejercicio de los derechos ARCO por persona distinta a su titular o a su representante, será posible,
excepcionalmente, en aquellos supuestos previstos por disposición legal o, en su caso, por mandato
judicial.
En el ejercicio de los derechos ARCO de niñas, niños y adolescentes o en los casos aplicables, de
conformidad con las leyes civiles, se estará a las reglas de represe ntación dispuestas en la misma
legislación.
Tratándose de datos personales concernientes a personas fallecidas o de quienes haya sido declarada
judicialmente su presunción de muerte, la persona que acredite tener un interés jurídico, de conformidad
con las leyes aplicables, podrá ejercer los derechos que le confiere el presente Capítulo, siempre que la
persona titular de los derechos hubiere expresado fehacientemente su voluntad en tal sentido o que
exista un mandato judicial para dicho efecto.
La persona titular podrá autorizar dentro de una cláusula del testamento a las personas que podrán
ejercer sus derechos ARCO al momento del fallecimiento.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA. LOS SUJETOS OBLIGADOS EN SU CALIDAD DE DEPOSITARIOS DEBEN NOTIFICAR Y OBTENER EL CONSENTIMIENTO DE LOS PARTICULARES TITULARES DE LA (2a. XI/2019 (10a.))
- PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES. CONSTITUYE UN DERECHO VINCULADO CON LA SALVAGUARDA DE OTROS DERECHOS FUNDAMENTALES INHERENTES AL SER HUMANO. (I.10o.A.5 CS (10a.))
- PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES EN POSESIÓN DE LOS PARTICULARES. LAS PRUEBAS OFRECIDAS POR EL PROMOVENTE DEL PROCEDIMIENTO DE PROTECCIÓN DE DERECHOS ARCO, PREVISTO EN LA LEY FEDERAL (I.9o.A.71 A (10a.))
- AUTORIZACIÓN JUDICIAL. PUEDE INTERPONERLA CUALQUIERA DE LOS PADRES O PERSONAS QUE EJERZAN LA PATRIA POTESTAD DE UN MENOR.- (714)
- AUTORIZACION JUDICIAL. PUEDE INTERPONERLA CUALQUIERA DE LOS PADRES O PERSONAS QUE EJERZAN LA PATRIA POTESTAD DE UN MENOR. (IV.3o.144 C)
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