Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados para el Estado de Hidalgo. · Titulo DÉCIMO — PRIMERO · Capitulo I — DE LAS MEDIDAS DE APREMIO
Artículo 115
Vigencia verificada: 27 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 115. Para el cumplimiento de las resoluciones emitidas por las Autoridades garantes, según
corresponda, se deberá observar lo dispuesto en el Capítulo III del Título Séptimo de la Ley de
Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Hidalgo.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- INFORME JUSTIFICADO A NOMBRE DEL GOBERNADOR DEL ESTADO DE HIDALGO. (s/clave)
- RESOLUCIONES JUDICIALES. (s/clave)
- ACTOS RECLAMADOS. (s/clave)
- TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE PUEBLA. CUANDO LAS AUTORIDADES OBLIGADAS A PROPORCIONAR INFORMACIÓN QUE ESTIMEN RESERVADA EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 14 (VI.3o.A.355 A (9a.))
- DIARIO OFICIAL. (s/clave)
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