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LEY DE RESIDUOS SÓLIDOS Y DE ECONOMÍA CIRCULAR PARA EL ESTADO DE MORELOS

Artículo *3.-

Ordenamiento: LEY DE RESIDUOS SÓLIDOS Y DE ECONOMÍA CIRCULAR PARA EL ESTADO DE MORELOS · Ámbito: Morelos
Última reforma: 2026-05-27

Vigencia verificada: 24 de septiembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

ARTÍCULO *3.- En la formulación y conducción de la política en materia de

prevención, valorización y gestión integral de los residuos a que se refiere esta

Ley, la expedición de disposiciones jurídicas y la emisión de actos que de ella

deriven, así como en la generación y manejo integral de residuos, según

corresponda, se observarán los principios que establecen la Ley General para la

Prevención y Gestión Integral de los Residuos, así como los siguientes:

I. Reincorporar al ciclo productivo de materiales o sustancias reutilizables, así

como desarrollar las acciones de educación y capacitación para una gestión de

los residuos sólidos eficiente y eficazmente sostenible;

II. Depositar en forma ambientalmente adecuada las sustancias o m ateriales no

reutilizables;

III. Reducir y separar los residuos en el lugar de generación y manejo de

residuos sólidos;

IV. Fomentar la reutilización y el reciclaje de los residuos sólidos que lo

permitan;

V. Fomentar la disposición segura de los residuos sólidos;

VI. Reducir la cantidad y toxicidad de los residuos sólidos;

VII. Desarrollar acciones de educación y capacitación para una gestión de los

residuos sólidos eficiente, eficaz y sostenible;

VIII. Adoptar medidas de minimización de residuos sólidos, a través de la

máxima reducción de sus volúmenes de generación y características de

peligrosidad;

IX. Establecer un sistema de responsabilidad extendida al productor y de

manejo de los residuos sólidos, desde la generación hasta su disposición final,

a fin de evitar situaciones de riesgo e impactos negativos a la salud humana y el

ambiente, sin perjuicio de las medidas técnicamente necesarias para el mejor

manejo de los residuos sólidos;

X. Adoptar medidas para que la contabilidad de las entidades que gen eran o

manejan residuos sólidos refleje adecuadamente el costo real total de la

prevención, control, fiscalización, recuperación y compensación que se derive

del manejo de residuos sólidos;

XI. Desarrollar y usar tecnologías, métodos, prácticas y procesos de producción

y comercialización que favorezcan la minimización o reaprovechamiento de los

residuos sólidos y su manejo adecuado;

XII. Fomentar el reaprovechamiento de los residuos sólidos y la adopción de

competencias y de prácticas de tratamiento y adecuada disposición final;

XIII. Promover el manejo selectivo de los residuos sólidos y admitir su manejo

conjunto, cuando no se generen riesgos sanitarios o ambientales significativos;

XIV. Establecer acciones orientadas a recuperar las áreas degradadas por la

descarga inapropiada e incontrolado de los residuos sólidos;

XV. Promover la participación activa de la población, la sociedad civil

organizada, y el sector privado en el manejo de los residuos sólidos;

XVI. Establecer congruencia entre las polític as de ordenamiento territorial,

ordenamiento ecológico y las de manejo adecuado de residuos sólidos, así

como identificar áreas apropiadas para la localización e instalaciones de plantas

de tratamiento, transferencia y disposición final de residuos sólidos;

XVII. Fomentar la generación, sistematización y difusión de información para la

toma de decisiones y el mejoramiento del manejo integral de los residuos

sólidos;

XVIII. Fomentar el aprovechamiento de la materia orgánica de los residuos

sólidos urbanos en procesos de generación de energía.

XIX. Definir planes, programas, estrategias y acciones para el manejo de

residuos sólidos, conjugando las variables económicas, sociales, culturales,

técnicas, sanitarias y ambientales;

XX. Asegurar que las tasas o ta rifas que se cobren por la prestación de

servicios de residuos sólidos se fijen, en función de su costo real, calidad y

eficiencia; y,

XXI. Establecer acciones contundentes a evitar la contaminación del agua,

eliminando el arrojo de residuos sólidos en cue rpos o cursos de este elemento

natural.

Fuente oficial: consultar publicación

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