Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Aguascalientes
Artículo 237
Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 237.- La denuncia que se formule en contra de alguno de los servidores
públicos que gocen de fuero, se presentará ante el Fiscal General del Estado, quien
mandará practicar las diligencias necesarias para la realización de la investigación
correspondiente.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- MINISTERIO PUBLICO. (s/clave)
- DELITOS. (s/clave)
- DELITOS.- (993)
- DENEGACION DE JUSTICIA. (s/clave)
- MINISTERIO PUBLICO. (s/clave)
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