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Modo: Corpus Pro

Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Aguascalientes

Artículo 236

Ordenamiento: Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Aguascalientes · Ámbito: Aguascalientes
Última reforma: 2026-07-13

Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 236. - La inmunidad de que están investidos los servidores públicos

conocida como fuero constitucional, es la prerrogativa indispensable para la

existencia y funcionamiento de las instituciones, protegiendo su indepe ndencia y

autonomía al otorgarles la facultad de no comparecer ante la autoridad

jurisdiccional, quien tiene la obligación de respetarla con relación directa al ejercicio

de la acción penal, no a la facultad -deber que tiene la institución del Ministerio

Público para investigar los hechos punibles que puedan ser probablemente

constitutivos de delito, hasta en tanto el Congreso del Estado declare que ha lugar

a proceder en su contra, satisfaciéndose de este modo, la condición previa de

procedibilidad, que no constituye una excluyente de responsabilidad, sino un

impedimento legal para que aquellos que gocen de esa prerrogativa, no queden

sometidos a la potestad judicial.

Fuente oficial: consultar publicación

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