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Modo: Corpus Pro

Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Nuevo León

Artículo 92

Ordenamiento: Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Nuevo León · Ámbito: Nuevo León
Última reforma: 2026-10-02

Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

REFORMADO, P.O. 24 DE DICIEMBRE DE 2021)

Artículo 92. Las autoridades investigadoras establecerán áreas de fác il acceso, para

que cualquier interesado pueda presentar denuncias por presuntas faltas

administrativas, de conformidad con los criterios establecidos

en la presente Ley.

Fuente oficial: consultar publicación

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