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Modo: Corpus Pro

Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Nuevo León

Artículo 98

Ordenamiento: Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Nuevo León · Ámbito: Nuevo León
Última reforma: 2026-10-02

Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 98. La Auditoría Superior investigará y en su caso substanciará, en los

términos que determina esta Ley, los procedimientos de responsabilidad administrativa

de su compet encia. Asimismo, en los casos que procedan, presentará la denuncia

correspondiente ante el Ministerio Público competente.

Fuente oficial: consultar publicación

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