Ley de Salud del Estado de Morelos
Artículo 262
Vigencia verificada: 8 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 262.- Las actividades a que se refiere el presente Capítulo serán reguladas
y controladas por los Servicios de Salud de Morelos en coordinación con las
autoridades educativas, en sus respectivos ámbitos de competencia.
Para los efectos de esta Ley se entiende por medicina alternativa, la atención a la
salud mediante la aplicación de sistemas, técnicas o prácticas basadas en avances
científicos y tecnológicos, que no estén comprendidos en la formación formal de la
medicina y esta formado por la medicina tradicional y herbolaria, la atención a la
salud, basada en el sistema de creencias, conceptos y prácticas, originada por
nuestra cultura indígena y otras culturas étnicas.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- PRESCRIPCIÓN DE LAS ACCIONES DERIVADAS DE LA RELACIÓN ADMINISTRATIVA RESULTANTE DEL SERVICIO PRESTADO POR LOS ELEMENTOS DE LAS INSTITUCIONES DE SEGURIDAD PÚBLICA. ES SUSCEPTIBLE DE (XVIII.4o.5 A (10a.))
- PRESCRIPCIÓN PREVISTA EN EL ARTÍCULO 200 DE LA LEY DEL SISTEMA DE SEGURIDAD PÚBLICA DEL ESTADO DE MORELOS. NECESARIAMENTE REQUIERE QUE SE HAYA OPUESTO COMO EXCEPCIÓN PARA SER ANALI (PC.XVIII. J/6 A (10a.))
- FARMACÉUTICOS, IMPROCEDENCIA DE LA SUSPENSIÓN CONTRA EL REGLAMENTO QUE EXIGE TÍTULO A LOS.- (379)
- FARMACIAS, SUSPENSION TRATANDOSE DE CLAUSURA DE. (s/clave)
- FARMACIAS, SUSPENSION TRATANDOSE DE CLAUSURA DE. (s/clave)
Versiones anteriores de este artículo
Histórico legislativo: se muestra para consulta, no forma parte de la búsqueda del texto vigente.
Texto anterior a la reforma (reforma publicada en el DOF el 2026-07-01)
Artículo 262. - Las actividades a que se refiere el presente Capítulo serán
reguladas y controladas por los Servicios de Salud de Morelos en coordinación
con las autoridades educativas, en sus respectivos ámbitos de competencia.
Para los efectos de esta Ley se entiende por medicina alternativa, la atención a la
salud mediante la aplicación de sistemas, técnicas o prácticas basadas en
avances científicos y tecnológicos, que no estén comprendidos en la formación
formal de la medicina y esta formado por la medicina tradicional y herbolaria, la
atención a la salud, basada en el sistema de creencias, conceptos y prácticas,
originada por nuestra cultura indígena y otras culturas étnicas.
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